Piden ambientalistas derogar Acuerdo que busca agilizar obras del gobierno
Un largo listado de organizaciones de la sociedad civil y ambientalistas emitieron un posicionamiento en contra del Acuerdo para agilizar las obras y proyectos prioritarios del gobierno de México considerados de interés público y seguridad nacional, al tiempo que hicieron un llamado respetuoso al ejecutivo federal para derogarlo.Destacaron que la entrada en vigor de esta disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), trae consigo importantes consecuencias que ponen en riesgo el cumplimiento de derechos humanos y principios jurídicos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y tratados internacionales, ambientales y de respeto a garantías individuales suscritos por nuestro país.Advirtieron que, aunque las obras sean declaradas como un asunto de seguridad nacional, tienen que cumplir con los plazos, requisitos, formalidades y mecanismos de participación previamente establecidos en el marco legal.Además de que las autoridades están obligadas, según lo establece el artículo 1o. de la Constitución, a cumplir con el régimen de derechos humanos como es el derecho de las personas a contar con un medio ambiente sano."El Acuerdo carece de motivación y fundamentación adecuada en tanto que no existe facultad constitucional ni jurídica, expresa o implícita, que permita al titular del Poder Ejecutivo Federal generar un estado de excepción al cumplimiento de los derechos humanos y al marco legal constitucional, violando con ello el principio de legalidad. El único régimen de excepción previsto en el artículo 29 de la Constitución Política no es aplicable al caso en concreto", indicaron.ONG's como el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), Grupo de Financiamiento Climático para Latinoamérica y el Caribe A.C. (GFLAC), Reforestamos México A.C., y la Unión de Grupos Ambientalistas, subrayaron que esta disposición genera una obligación hacia los servidores públicos de realizar sus funciones de forma ilegal, inconstitucional e inconvencional al tener que otorgar las autorizaciones que les sean solicitadas."La aplicación de este Acuerdo implica ignorar procedimientos, instrumentos y derechos previamente establecidos en el orden jurídico mexicano, entre ellos: i) el reconocimiento del valor intrínseco de la biodiversidad y los ecosistemas; ii) el derecho a la consulta libre, previa e informada de comunidades y pueblos indígenas y equiparables.iii) El derecho a la autonomía y libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas y equiparables; iv) el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, la consulta y reunión pública dentro de éste; v) el cumplimiento de los Programas de Desarrollo Urbano y Programas de Ordenamiento Ecológico del Territorio; vi) las reglas administrativas de los Programas de Manejo de las Áreas Naturales Protegidas.vii) Las especificaciones técnicas de Normas Oficiales Mexicanas; y viii) los requisitos técnicos y jurídicos para la obtención de dictámenes, concesiones, licencias y permisos", enumeraron.